Delito de lesiones graves: Sí, tienes derecho a una indemnización

Indemnización por delito de lesiones graves: Cómo víctima debes denunciar

Si has sido víctima de una agresión que te ha dejado lesiones graves, no solo tienes derecho a que el autor de los hechos sea castigado penalmente, sino también a una indemnización económica por los daños sufridos.

Pero para que esto suceda, fundamental denunciar. En caso contrario el proceso judicial no se iniciará. Una vez denuncies, se te reconocerá como víctima de un delito conforme al Código Penal español.

Además de castigar al agresor, el sistema judicial penal busca compensarte por las secuelas físicas, psicológicas y los perjuicios económicos que hayas sufrido.

A continuación te explicamos de forma sencilla cómo se tramita este proceso penal y qué debes hacer desde el primer momento.

¿Qué se considera una lesión grave?

El Código Penal español recoge que las lesiones graves son aquellas que dañan de forma grave la salud de la víctima, obligan a pasar por un proceso largo de recuperación o dejan secuelas permanentes.

No hablamos de un simple moretón o rasguño. Nos referimos, por ejemplo, a:

  • Fracturas óseas que requieren cirugía.
  • Lesiones cerebrales o neurológicas.
  • Pérdida de visión, audición o movilidad.
  • Desfiguración del rostro u otras zonas del cuerpo.

Este tipo de lesiones están reguladas en los artículos 147 a 156 del Código Penal.

Además, a la hora de acusar y solicitar una pena se va a tener en cuenta si hubo ensañamiento, alevosía o si la víctima era especialmente vulnerable, como ocurre en casos de violencia de género.

Derecho a una indemnización: qué puedes reclamar

Una vez que el proceso penal se iniciará tras tu denuncia, puedes solicitar al juez una indemnización como parte de la responsabilidad civil del autor del delito.

Esta compensación busca cubrir todos los daños físicos, psicológicos y cualquier otro que hayas sufrido como víctima del delito.

¿Qué cubre la indemnización por lesiones graves?

  • Gastos médicos: desde el primer día de atención hasta la rehabilitación completa.
  • Lucro cesante: lo que has dejado de ganar si no has podido trabajar.
  • Secuelas físicas y psicológicas: como ansiedad, depresión o incapacidad permanente.
  • Daño moral: por el sufrimiento, angustia y alteración de tu vida cotidiana.
  • Perjuicio estético: en caso de cicatrices visibles u otras deformaciones duraderas.

Todo esto se valorará conforme a los baremos médicos y judiciales, muy similares (por no decir iguales) al sistema que se usa en los accidentes de tráfico.

Cómo y cuándo tienes que denunciar

La denuncia es el primer paso para reclamar tanto el castigo para el autor de los hechos como una indemnización con la que estés conforme.

Y este paso, sí, el de denunciar, es clave. Sin denuncia, no se activa el proceso penal ni se puede responsabilizar civilmente al agresor.

¿Dónde puedes presentar la denuncia?

  • En la comisaría (Policía Nacional o Guardia Civil).
  • En el juzgado de guardia de tu localidad.
  • En el hospital, si has llegado por urgencias tras la agresión.

Una vez presentas la denuncia, el juzgado incoará diligencias previas (incoar es un vocábulo similar a «iniciar») en virtud de lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Es muy recomendable contar desde el principio con un abogado penalista especializado.

Si no tienes recursos, igualmente puedes solicitar asistencia jurídica gratuita en cualquier Servicio de Orientación Jurídica de tu provincia o en el Colegio de Abogados.

Cálculo de la indemnización: cómo se determina

La cuantía económica se valora a partir de baremos que establecen compensaciones según el tipo de lesión, el tiempo de curación y las secuelas permanentes.

Estos baremos se usan también en los accidentes laborales y de tráfico.

Factores que influyen en el cálculo:

  • Edad de la víctima: Cuanto más joven eres, mayor suele ser la compensación por perjuicio estético o pérdida de calidad de vida.
  • Duración de la incapacidad: Días de hospitalización, tratamientos y tiempo sin poder trabajar.
  • Porcentaje de secuelas: Dificultades para caminar, mover partes del cuerpo o realizar tu trabajo habitual.
  • Puntuación del daño: Secuelas que superan los 80 puntos por sí solas pueden dar lugar a indemnización complementaria.

Ejemplo práctico: Si tuviste una fractura múltiple de piernas, estuviste 4 meses de baja, perdiste parte de tu movilidad y te ha quedado una cicatriz de 30 centímetros, podrías recibir entre 30.000 y 100.000 euros según tu edad, profesión y gravedad.

Puedes solicitar una indemnización mayor, claro. Aunque los daños estén baremados no quiere decir que sí o sí tenga que ser esa indemnización. Estamos ante un delito y hay más daños que no son físicos que cuantificar.

¿Y si el agresor no puede pagar?

En muchos casos, el agresor condenado no tiene recursos económicos. Por este motivo, el Estado cuenta con un fondo de ayudas para víctimas de delitos violentos y sexuales, regulado por ley.

Puedes solicitar esta ayuda si se cumplen estos requisitos:

  • Denuncia presentada en tiempo y forma.
  • Sentencia firme que reconozca el perjuicio.
  • Dificultades reales para cobrar la indemnización del condenado.

Esta ayuda estatal puede cubrir parte o incluso toda la cantidad reconocida en sentencia, dependiendo del caso.

¿Es necesaria la presencia de un abogado?

Sí, si quieres acusar. Es decir, si quieres personarte en el proceso penal como parte acusadora deberás hacerlo con un abogado y procurador.

Te aconsejamos uno especializado para que tu caso esté bien defendido y puedas obtener la máxima indemnización correspondiente.

Un abogado te ayudará a:

  • Valorar los daños correctamente.
  • Presentar pruebas médicas y psicológicas.
  • Impulsar la responsabilidad civil del agresor.
  • Gestionar, si hace falta, la reclamación al fondo estatal.

Además, en casos de violencia de género, puedes tener asistencia jurídica especializada y gratuita, gracias a la Ley de Violencia sobre la Mujer.

Aunque bueno, siguen siendo abogados del turno de oficio que aunque son buenos, siempre tienen a parte sus clientes privados y los casos del turno de oficio son casi una carga para ellos.

¿Y el dolor y el sufrimiento? ¿También se pagan?

Sí, el daño moral tiene reconocimiento legal y puede suponer una parte importante de tu indemnización.

Se calcula usando distintos métodos, como:

  • Método multiplicador: se multiplica tu pérdida por un factor que refleja el sufrimiento.
  • Método por días: se calcula una cantidad diaria dependiendo de la intensidad del dolor.

Ten en cuenta que los jueces pueden fijar una cantidad adicional si tu caso implica un sufrimiento extremo, ansiedad severa o trastorno psicológico derivado del ataque.

¿Cuánto puedes llegar a cobrar?

Todo depende de la gravedad de tus lesiones, pero para que te hagas una idea:

  • Por lesiones estéticas graves: hasta 20.000 € o más.
  • Por secuelas permanentes e invalidez: desde 50.000 € hasta más de 1.000.000 €.
  • Por incapacidad temporal: entre 30 y 100 € por día, dependiendo de tu situación personal y laboral.

Cada caso es único, pero si denuncias con pruebas médicas fuertes y cuentas con buen asesoramiento legal, el tribunal valorará todos los daños sufridos.

Lo más importante: Nunca te calles. Es silencio no es una opción

Si has sufrido un delito de lesiones graves, tienes todo el derecho a denunciar, exigir justicia y reclamar la indemnización que legalmente te corresponde.

Denunciar no solo castiga al agresor. También te reconoce como víctima y busca que tu sufrimiento no quede impune.

Apóyate en profesionales especializados, recoge todas las pruebas médicas, acude cuanto antes a las autoridades y no dejes pasar el tiempo.

El plazo para denunciar es limitado y tu bienestar está en juego.

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