¿Qué pasa penalmente cuando dentro de una pareja hay una agresión física? Concretamente cuando es el hombre el que agrede a su mujer incluso sin estar casados.
Si hay una relación de afectividad, ya sea presente o pasada (un ex o una ex) estaríamos ante un delito de lesiones dentro del contexto de la violencia de género.
Normalmente, aunque la lesión no necesite tratamiento médico, podríamos estar hablando de este tipo de delitos dado que suelen venir precedidos de violencia física o verbal.
En este artículo te explico de forma clara y con ejemplos qué castiga el Código Penal español, qué penas puede imponerse y cómo se diferencia de otros tipos de agresión.
¿Qué entiende el Código Penal como delito de lesiones en violencia de género?
El Código Penal, en su artículo 148.4, recoge el delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género. Hay un matiz importante: no toda agresión física entra dentro de este delito.
Los requisitos concretos para que se produzca un delito de lesiones en violencia sobre la mujer son:
- Que el agresor sea o haya sido pareja de la víctima (no importa si están casados o no).
- Que la mujer sufra una lesión que requiera tratamiento médico o quirúrgico (más allá de una simple cura o vendaje).
Ejemplo práctico
Si un hombre le da un puñetazo a su expareja y ella debe ir al hospital para que le cosan una herida en la ceja, será tipificado penalmente como un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género.
Pero si sólo hubo un empujón y un pequeño moratón sin tratamiento médico, no se consideraría este delito, aunque puede haber otras responsabilidades penales.
¿Cuáles son las penas por este delito?
La pena base por un delito de lesiones es pena de prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses.
Si el delito es considerado leve se castiga con una pena de multa de 3 meses.
Si el delito se comete dentro del ámbito de la violencia de género, la pena a imponer será de 2 a 5 años de prisión.
La razón del aumento de la pena en los casos de violencia sobre la mujer es que se considera que, además del daño físico, hay un abuso de poder y desigualdad.
El Código Penal protege mucho más a la víctima de violencia de género.
¿Siempre se aplican esas penas?
Sí, pero con matices.
La pena a imponer dependerá del daño causado, de los antecedentes del agresor y de si hay circunstancias agravantes.
Vamos a ver eso a continuación.
Factores que pueden agravar la pena
El Código Penal contempla que circunstancias pueden agravar la pena a imponer. Algunos agravantes que contempla dicho código son:
- Uso de armas o instrumentos peligrosos.
- Presencia de hijos menores durante la agresión.
- Incumplimiento de órdenes de alejamiento.
- Antecedentes por hechos similares.
Ejemplo de agravante
Si un hombre agrede a su pareja con un cuchillo y todo ocurre delante de sus hijos pequeños, además del delito de lesiones, puede haber penas adicionales por poner en peligro a los menores o por violencia habitual.
¿Qué es el maltrato psíquico en violencia de género?
No todo tiene que ser físico. El Código Penal también reconoce el maltrato psicológico como delito de violencia de género.
Según el artículo 153 del Código Penal, el maltrato psíquico puede castigarse con:
- Prisión de 6 meses a 1 año.
- Trabajos en beneficio de la comunidad.
- Pérdida del derecho a tener armas.
- Alejamiento de la víctima.
Ejemplo
Si una mujer sufre humillaciones constantes, control excesivo, amenazas o insultos durante la relación, puede denunciar por maltrato psicológico.
Aunque no haya lesiones físicas, el Código Penal castiga estas conductas, siempre y cuando se puedan demostrar.
Hay que tener siempre en cuenta este último factor porque es importante.
Violencia habitual: cuando no es un hecho aislado
El artículo 173.2 del Código Penal habla de la violencia habitual.
Este delito se aplica cuando hay agresiones físicas o psíquicas reiteradas en el tiempo, lo que muestra una dinámica continua de abuso.
La pena a imponer está entre:
- De 6 meses a 3 años de prisión.
- Más alejamiento, prohibición de armas y vigilancia posterior.
Por supuesto, estas penas se pueden imponer con independencia de las que se puedan imponer por un delito de lesiones.
Ejemplo de violencia habitual
Un caso en el que durante varios meses una mujer ha recibido empujones, insultos y amenazas de muerte continuas está dentro de lo que se considera violencia habitual, aunque no se causara lesión alguna a la víctima.
¿Tú puedes denunciar si no eres la víctima?
Es una duda común, pero sí, puedes denunciar. Es más, deberías hacerlo.
Si presencias una agresión o tienes conocimiento de una situación grave, puedes avisar a la Policía o a la Guardia Civil.
Pero solo la víctima es la que debe presentar una denuncia formal por violencia de género.
Eso sí, tu testimonio como testigo te aseguro que será fundamental para que la investigación avance.
Ejemplo de declaración de testigo y no declaración de la víctima
Imagina (y es una situación que se da mucho) que presencias como un chico pega a su novia en la calle. Llamas a la Policía y te identifican como testigo presencial.
Detienen al sospechoso y te citan a ti y a la chica para declarar ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer al día siguiente.
La chica presenta lesiones, pero no quiere declarar y no quiere ser vista por el Médico Forense (está en su derecho).
Tu declaras y el sospechoso acaba condenado gracias a tu acción.
Suele pasar que la víctima tiene miedo o tiene miedo de que al agresor le pase algo. Y como tienen derecho a no declarar, no declaran.
Por eso es vital la declaración de testigos presenciales si los hay.
¿Qué papel tiene la Ley de «Solo sí es sí»?
Esta ley, oficialmente conocida como Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, no se centra solo en agresiones sexuales.
También refuerza la atención integral a las víctimas de violencia de género, incluyendo asistencia psicológica, jurídica y económica.
Además, fomenta la formación de jueces y personal sanitario para detectar mejor las situaciones de riesgo.
En la práctica, esta formación dista mucho de ser real.
¿Se puede evitar la cárcel en estos casos?
Depende. Si el delito es leve, el juez puede imponer medidas alternativas como trabajos para la comunidad.
Pero en casos graves (por ejemplo, lesiones que dejan secuelas o violencia habitual), lo normal es que se la condena sea de prisión.
Además, estos delitos suelen llevar aparejadas medidas de protección para la víctima, como:
- Orden de alejamiento.
- Vigilancia policial.
- Privación de custodia de hijos.
Eso sí, si no el condenado no tiene antecedentes por hechos similares y la pena es menor a 2 años de privación de libertad, se puede suspender el cumplimiento de la prisión mientras no delinca durante un periodo concreto de tiempo, normalmente 2 años.
¿Qué hacer si estás siendo víctima?
Llama al 016. Es gratis, no deja rastro en la factura y está disponible 24 horas.
También puedes acudir directamente a un centro de salud, a la Policía, a la Guardia Civil, e incluso interponer directamente una denuncia ante el Juzgado de guardia (aunque te desaconsejamos esto último).
Una vez presentada la denuncia, el juzgado instruirá los hechos y podrá activar medidas de protección.
Protección máxima para la víctima
El delito de lesiones en violencia de género no se trata solo de una agresión física. El Código Penal y demás leyes complementarias protegen a mujeres frente a cualquier acto violento dentro de una relación o tras ella.
Con penas que van de 2 a 5 años (quitando delitos muy graves como el homicidio o el asesinato), se busca castigar firmemente estas conductas por su impacto en la libertad y dignidad de la víctima.
Recuerda que los delitos en el ámbito de la violencia de género también incluyen el maltrato psicológico, la violencia habitual y otros comportamientos humillantes o amenazantes.
Si tú o alguien de tu entorno está pasando por una situación así, es fundamental actuar.
El sistema judicial cuenta con herramientas y leyes específicas para protegerte.
En Lincoln Penal queremos y vamos a ayudarte.
Entre nuestros abogados tenemos verdaderos expertos en violencia sobre la mujer.
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